TRASPASO A PERSONA INDETERMINADA

TRASPASO A PERSONA INDETERMINADA
DESCRIPCIÓN:

  • El Ministerio de Transporte emitió la Resolución No. 20253040030725 del 5 de agosto de 2025, en la que determinó que solo hasta el 6 de diciembre de 2025 se podrá realizar el trámite denominado “Traspaso a persona indeterminada”.
  • Este trámite lo realizan las personas que vendieron su vehículo, pero no legalizaron el traspaso y desconocen el paradero del vehículo y su nuevo poseedor.
  • Si usted aún figura como propietario de un vehículo que ya no posee en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) tiene hasta el 6 de diciembre de 2025 para hacer el traspaso a persona indeterminada, no hacerlo puede acarrear sanciones como comparendos, embargos y otras responsabilidades legales por hechos en los que ya no tienen relación.

El traspaso a persona indeterminada, además de permitir a los propietarios que vendieron su vehículo sin haber formalizado el  traspaso ante el organismo de tránsito, desvincularse legalmente del automotor cuando no ha sido posible identificar o ubicar al actual poseedor, cuenta con los siguientes beneficios:

  • Posibilita que el propietario se desvincule legalmente de futuras obligaciones por multas, impuestos y embargos asociados al vehículo.
  • Evita la acumulación de deudas en la Secretaría de Tránsito Municipal y Secretaría de Hacienda Departamental.
  • Protege el historial crediticio al prevenir reportes negativos derivados de cobros coactivos.
  • Facilita la gestión de trámites posteriores, ya que el registro refleja que el propietario original no tiene responsabilidad sobre el automotor.
  • Reduce riesgos legales en caso de accidentes o usos indebidos del vehículo.
  • Mantiene actualizada la situación patrimonial y fiscal ante las autoridades competentes.
REQUISITOS:

Para realizar este trámite, se debe cumplir con los siguientes requisitos generales:

  •  Presentar una declaración bajo juramento de que no ha tenido contacto con el vehículo ni con su poseedor en los últimos tres años.
  • Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito
  • Estar a paz y salvo por concepto de impuestos relacionados con el vehículo.
  • No contar con medidas cautelares sobre el vehículo (embargos, prenda, entre otros).
  • Diligenciar formulario de solicitud de trámites.
COSTO DE TRÁMITE:

El costo de este trámite varía dependiendo del tipo de vehículo: para carro, maquinaria agrícola industrial y de construcción autopropulsada y para remolques y semirremolques cuesta $ 115.000 y en el caso de las motocicletas $ 70.500 más el 1% del avalúo comercial del vehículo.

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Solicitud y celebración de audiencia pública comparendos físicos

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